Dispensario Andino

Preguntas Frecuentes

Nuestra oficina se encuentra en el sector oriente de la ciudad de Santiago, en la comuna de La Reina.

Somos una asociación sin fines de lucro de funcionamiento horizontal, que mediante el auto-cultivo colectivo, apoya a usuarios medicinales con certificado médico.

Al ser una asociación privada, los frutos de la misma, son de uso exclusivo para sus miembros asociados con receta médica vigente.

Es importante destacar que no existe ningún tipo de venta abierta al público.

Las personas interesadas pueden contactarnos a través de nuestro formulario de contacto para resolver las dudas en torno al funcionamiento del Dispensario y para conocer los requisitos y compromisos que deben cumplir los asociados.

Son asociaciones de auto-cultivo colectivo que se amparan en el fallo de la Corte Suprema de Justicia Rol de ingreso N* 4949-2015 pronunciado el 04 de junio del 2015, el cual señala que es permitido el auto-cultivo colectivo, toda vez que un circuito cerrado de miembros, no abierto al público, fundado en el principio de autodeterminación que las personas tienen en virtud  de su soberanía esencial.

Nuestra asociación sin fines de lucro se financia mediante aportes mancomunados de los miembros asociados.

De esta manera, el asociado es responsable del pago de una cuota mensual que permita el sustento y financiamiento del Dispensario y que garantice el adecuado cuidado de los cultivos para favorecer su estado de salud.

Sí, todo miembro asociado requiere tener un seguimiento periódico de su médico tratante, y su control debe estar respaldado en su receta médica.

Las personas interesadas en ser parte de la asociación deben tener una receta médica para poder participar del colectivo.

Si no cuentas con un médico tratante, en nuestra página de contacto podrás encontrar algunas alternativas de consultas médicas recomendadas, organizaciones sin fines de lucro o médicos privados que pueden evaluar tu estado de salud actual y validar esta alternativa de tratamiento.

Algunos asociados pueden requerir la representación de un tercero quien demuestre una relación cercana y quien actúe como apoderado del usuario en casos justificados, para todos los fines de representación dentro del colectivo.